AYUDAS

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Convocadas las ayudas a la Intervención Sectorial Apícola 2024

on 18 abril 2024

Resolución de 10 de abril de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a la apicultura en el marco de la Intervención Sectorial Apícola para el año 2024

Finalidad:
Mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en el Principado de Asturias.

Beneficiarios:
Tipo 1. Agrupaciones de apicultores, que podrán acogerse a las líneas de ayuda A1, A2, A3, A4, B1.1, B1.2, B5.4, C1, C3, C4 y C5.
Tipo 2. Apicultores, que podrán acogerse a las líneas de ayuda B1, B3, B4, B5, C1, C3, C4 y C5.

Importe:
El importe total por el que se convocan las ayudas es de 459.809,00 euros.
Las disponibilidades de la aplicación presupuestaria 19.02.712F.473.007 se repartirán por cada intervención de la siguiente manera:
19.000 € para la intervención A.
222.000 € para la intervención B.
6.565 € para la intervención C.
Las disponibilidades de la aplicación presupuestaria 19.02.712F.773.003 se repartirán por cada intervención de la siguiente manera:
206.000 € para la intervención B.
6.244 € para la intervención C.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 3 de mayo 2024

Bases reguladoras:
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de las subvenciones de la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PE PAC) (BOPA de 06/07/2023).

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Aprobada la Intervención Sectorial Apícola en Asturias 2023

on 29 agosto 2023

La “Intervención Sectorial Apícola” en Asturias para el año 2023 supone la aprobación de subvenciones a la actividad apícola. Estas ayudas son parte de los esfuerzos para apoyar al sector apícola.

El propósito de esta intervención es mitigar los desafíos que enfrenta la apicultura.

El Gobierno regional de Asturias ha desarrollado la normativa y la convocatoria relacionada con esta intervención, como la «Resolución de 29 de junio de 2023» y la «convocatoria de subvenciones a la apicultura» para el año 2023.

Estas iniciativas tienen como objetivo proporcionar financiación apoyar y abordar los problemas que afectan al sector apícola en Asturias.

Las ayudas, se destinan principalmente a los tratamientos contra la varroosis, la enfermedad que más daños ocasiona a la apicultura a nivel mundial; la racionalización de la trashumancia; la asistencia técnica y la formación, así como la realización de análisis de la miel y la alimentación de las abejas.

Los recursos movilizados están destinados a cubrir los gastos e inversiones, realizados y pagados por personas titulares de explotaciones apícolas y las agrupaciones de las mismas en el período entre el 1 de enero y 31 de julio de 2023, ambos inclusive.

La apicultura se ha incluido en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, lo que supone un reconocimiento a la importancia económica del sector así como a su función para mantener la biodiversidad.

El enlace a la publicación del anuncio en el BOPA es el siguiente:

https://sede.asturias.es/bopa/2023/08/28/2023-07636.pdf

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Abierto el plazo para ayudas incorporación de jovenes apicultores

on 19 mayo 2023

La ayuda tendrá por objeto facilitar a los jóvenes su instalación como titulares de explotaciones agrarias viables, sostenibles y competitivas, a través de las modalidades de instalación previstas en las bases reguladoras y el rejuvenecimiento y la mejora del nivel de formación de los titulares de las explotaciones, asegurando el relevo generacional.

Beneficiarios.
Personas físicas que accedan por primera vez a la titularidad, exclusiva o compartida de una explotación agraria
prioritaria o como socio de una entidad titular de una explotación agraria prioritaria de carácter asociativo, localizada
en el Principado de Asturias. Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en
la convocatoria

Plazo de presentación de solicitudes.
A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y hasta el 30 de junio de 2023

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Convocatoria de ayudas minimis

on 19 mayo 2023

Ayudas para la mejora de la rentabilidad de las explotaciones apícolas

Obtener ayudas económicas, acogidas al régimen de mínimis, por parte de las explotaciones apícolas, para mejorar su rentabilidad, mermada por la Vespa velutina y las condiciones climatológicas adversas.

BENEFICIARIOS

Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas que cumplan desde el momento de la solicitud los siguientes REQUISITOS:

1.- Ser titular de una explotación apícola que figure inscrita ininterrumpidamente en el Registro general de explotaciones ganaderas del Principado de Asturias, como de «Producción y reproducción» desde antes del 1 de enero de 2023.

2.- Haber realizado la correspondiente declaración anual obligatoria del censo de colmenas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, y en el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.

3.- Estar dado de alta en la Seguridad Social.

4.- Tener la actividad apícola declarada en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria.

5.- En el caso de personas físicas, haber declarado rendimientos netos derivados de la actividad apícola en la última declaración del IRPF (en la página donde figure alguno de los siguientes epígrafes: «rendimientos de actividades económicas» en régimen de estimación directa o «rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales» en régimen de estimación objetiva). Los comuneros o socios de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles deberán presentar rendimientos en la casilla correspondiente de su declaración, y la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil haber presentado la pertinente Declaración informativa.

6.- En el caso de personas jurídicas (nunca Comunidades de Bienes ni Sociedades Civiles), haber declarado rendimientos de la actividad apícola en la última declaración del Impuesto sobre Sociedades y presentado el pertinente resumen anual del IVA en el último ejercicio.

.- En caso de tratarse de personas que tengan la condición de titular de la explotación apícola con una antigüedad de menos de 2 años, que no hayan podido declarar rendimientos de la actividad apícola en la última declaración, deberán justificar ventas de productos apícolas, mediante las correspondientes facturas, o la última declaración del anterior titular.

Los dos años de antigüedad se calcularán tomando como referencia la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes. En cuanto a las facturas serán válidas las emitidas a partir del 1 de enero del año anterior al de la solicitud

.- La cuantía de la subvención será de 20 euros por colmena en producción, con un límite de 750 colmenas por beneficiario. Si las disponibilidades presupuestarias no alcanzan para atender todas las solicitudes, se procederá al prorrateo en función del número de colmenas de cada solicitante.

El importe total de la ayuda no podrá exceder del tope máximo dispuesto en el apartado 3 de la base reguladora séptima, que en la actualidad es de 20.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Plazo hasta el 31 de Mayo 2023

 

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PromielConvocatoria de ayudas minimis

El Gobierno publica la orden de módulos con una rebaja mínima del 25 % en el IRPF 2022 para 800.000 agricultores y ganaderos

on 25 abril 2023

En el caso de la apicultura es del 50% pasando de 0,26 a 0,13

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la orden del
Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los Índices de
Rendimiento Neto aplicables en 2022 en el sistema de estimación objetiva del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema
de módulos, para agricultores y ganaderos.


Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la
incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la
rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2022, como
la guerra en Ucrania, que causó un encarecimiento de los costes de producción

Se trata de una reducción lineal que tiene en cuenta la sequía y las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania

▪ Además recoge una rebaja de entre el 30 % y el 50 % para todos los sectores ganaderos y los de cereales, leguminosas, oleaginosas, olivar, albaricoque, melocotón, nectarina, almendra y castaña

▪ También se establece una minoración en el rendimiento neto del 35 % por la adquisición de gasóleo agrícola, y del 15 % por la compra de fertilizantes

▪ Se mantienen las reducciones que se establecieron el año pasado para los agricultores que hayan utilizado electricidad para el riego y para los ganaderos por el uso de piensos adquiridos a terceros

▪ Esta rebaja fiscal supone una reducción de la base imponible estimada en 1.807 millones de euros, la de mayor alcance de la última década

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Se amplía plazo de justificación Ayudas Plan Nacional Apícola 2021

on 8 agosto 2021

La Resolución de 20 de abril de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional Apícola para 2021 (Extracto BOPA 28/04/21), establece en su resuelvo undécimo que: “Los solicitantes que obtuvieran una resolución favorable de concesión de ayuda, tendrán hasta el día 7 de agosto (inclusive), para realizar la solicitud de pago, según modelo del anexo VII y presentar al Servicio de Sanidad y Producción Animal, la documentación contemplada en la base reguladora decimoctava”.

Dada la proximidad de la fecha señalada en el párrafo anterior para justificar las ayudas y estando pendiente resolver la convocatoria de ayudas, que además requiere la notificación a los interesados a través de su publicación en el BOPA, se hace necesario proceder a la ampliación del plazo dado en el Resuelvo undécimo de la Resolución de 20 de abril de 2021.

Por tanto se amplia el plazo de justificación previsto en la Resolución de 20 de abril de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional Apícola para 2021, hasta el día 20 de agosto de 2021.

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Convocatoria Ayudas Pac 2021

on 19 abril 2021

Se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y a los pagos al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control para la Campaña 2021

Dentro de la convocatoria se incluye las ayudas destinadas a la Apicultura:

Apicultura Ecológica

Esta ayuda tiene por objeto compensar a los agricultores por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos como consecuencia del compromiso voluntario de adoptar las prácticas de la producción ecológica conforme a las exigencias del Reglamento (CE) n.º 834/2007, del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos: Apicultura ecológica.

Apicultura para la biodiversidad

Esta ayuda tiene por objeto compensar a los agricultores por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos como consecuencia del compromiso voluntario para distribuir sus colmenas a favor de la biodiversidad, manteniéndolas durante al menos el período comprendido entre el 1 de mayo al 30 de septiembre.

Ambas resoluciones AQUI Y AQUI

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PromielConvocatoria Ayudas Pac 2021

Publicadas la convocatoria 2021 de Ayudas minimis

on 12 abril 2021

El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el 22 de Abril

La Finalidad de estas ayudas es la de mejorar la rentabilidad de las explotaciones apícolas, mermada por la presencia de la Vespa Velutina y las condiciones climatológicas adversas.

  • Beneficiarios. requisitos y forma de acreditarlos Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas que cumplan desde el momento de la solicitud los siguientes requisitos:
    1.1. Ser titular de una explotación apícola que figure inscrita ininterrumpidamente en el Registro general de explotaciones ganaderas del Principado de Asturias, como de “Producción y reproducción” desde antes del 1 de enero del año de presentación de la solicitud.
    1.2. Haber realizado la correspondiente declaración anual obligatoria del censo de colmena
    1.3. Estar dado de alta en la Seguridad Social.
    1.4. Tener la actividad apícola declarada en el censo
    1.5. En el caso de personas físicas, haber declarado rendimientos netos derivados de la actividad apícola en la última declaración del IRPF
    1.6. En el caso de personas jurídicas (nunca Comunidades de Bienes ni Sociedades Civiles), haber declarado rendimientos de la actividad apícola en la última declaración del Impuesto sobre Sociedades y presentado el pertinente resumen anual del IVAen el último ejercicio.
    1.7. En caso de tratarse de personas que tengan la condición de titular de la explotación apícola con una antigüedad de menos de 2 años, que no hayan podido declarar rendimientos de la actividad apícola en la última declaración, deberán justificar ventas de productos apícolas, mediante las correspondientes facturas, o la última declaración del anterior titular

    Clase y cuantía de las ayudas
  • Las subvenciones tienen carácter anual.
  • La cuantía de la subvención consistirá en una prima anual por un importe de 20 euros por colmena en producción, con un límite de 750 colmenas por beneficiario.
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PromielPublicadas la convocatoria 2021 de Ayudas minimis